Contrato de capitalización de hacienda de cría: tratamiento contable
Palabras clave:
Contratos agropecuarios; capitalización de cría; análisis y tratamiento contable.Resumen
Debido a la complejidad operativa del negocio agropecuario es frecuente que los productores realicen acuerdos para llevar adelante esta actividad.
Estos acuerdos se plasman en distintos contratos, dependiendo de las características del negocio que queramos llevar a cabo.
Algunos de estos contratos están legislados por la Ley 13.246 de Arrendamientos y Aparcerías rurales y gran cantidad de ellos se rigen por las normas del Código Civil.
Si bien existen contratos sencillos de analizar y contabilizar, como el contrato de arrendamiento o de pastoreo, donde se cede el uso y goce de la tierra y se cobra un precio cierto en dinero, existen otros, donde el riesgo es compartido por las partes, como los contratos de capitalización de hacienda donde también se ceden bienes (animales), con el objeto de que la otra parte los haga producir.
El presente trabajo busca analizar contablemente el contrato de capitalización de hacienda de cría a la luz de las nuevas normas contables establecidas por la Resolución Técnica 46 que reformula a la original Resolución Técnica 22: “NORMAS CONTABLES PROFESIONALES: ACTIVIDAD AGROPECUARIA”. Para esto desarrollaremos el trabajo desde el punto de vista del capitalista y del capitalizador, estableciendo para ambos dos escenarios posibles:
- El cierre del ejercicio contable se produce antes de la finalización del contrato.
- El contrato se desarrolla y culmina dentro de un mismo ejercicio contable.
Asimismo fruto del análisis se contempla la exposición del contrato tanto en el Estado de Situación Patrimonial como en el Estado de Resultados.